domingo, 5 de julio de 2020

Los aparcabicis de tu comunidad que se encarguen hasta el 31 de agosto tienen un 40% de subvención

La Comunidad de Madrid acaba de aprobar ayudas a la rehabilitación dentro del Plan Estatal de la Vivienda, en la que están incluidas las obras destinadas a fomentar la movilidad sostenible. Los aparcabicis están expresamente mencionados dentro de estas actuaciones.


Requisitos

  1. Edificios de viviendas terminados antes de 1996. Consulta aquí si es tu caso.
  2. Tener en vigor un Informe de Estado del Edificio (está formado por la ITE + informe de accesibilidad + Certificación Energética) firmado por Arquitecto o Aparejador. Es obligatorio para edificios de más de 50 años, aunque es habitual en edificios más recientes.
  3. Fecha del aparcabicis. Ha de estar encargado entre 2018 (1 de enero) y 2020 (31 de agosto), aunque no esté terminado. Si tienes dudas de cómo se consigue su aprobación en una Comunidad de Propietarios, este artículo te lo cuenta con detalle.
  4. Coste: Deberá superar los 6000 €
  5. Documentación del encargo. Ha de tener un proyecto de ejecución o memoria técnica del aparcabicis. Aquí puedes encargar uno.

Documentación a aportar

  • Certificado de inicio y final de obra (el final puede ser posterior al 31 de agosto, hay 3 meses para presentar la documentación)
  • Licencia o autorización municipal
  • Facturas
  • Documentación fotográfica de las obras, de estado anterior y posterior
  • Certificados de las instalaciones

Procedimiento

  • Realizar la solicitud antes del 31 de agosto en este enlace. 
  • Aportar la documentación posterior en caso de que la obra se termine más tarde
  • Las ayudas se resuelven en un máximo de 24 meses desde que se haya aportado la documentación
  • Dado que la cantidad de las ayudas es limitada, en caso de muchas solicitudes tendrán prioridad los inmuebles más antiguos

Cuantía

  • Un 40% del coste

Preguntas frecuentes



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