Como se les olvidó invitarme a la reunión ;-) , aquí va mi propuesta
En lo que respecta a las bicicletas, propongo las siguientes modificaciones:Prendas reflectantes: Se elimina su obligatoriedad, siendo sustituidas por luces delanteras y traseras homologadas por la DGT. La norma de homologación se centrará en la distancia y ángulo desde los cuales queda garantizada su visibilidad. Además las cubiertas deberán estar provistas de una banda reflectante lateral por ambos lados.
Casco: El uso del casco en vías urbanas será siempre recomendado pero nunca obligatorio. A velocidades tan bajas sobre pavimento en buenas condiciones, no existe justificación para su obligatoriedad
Posición en el carril: En vías urbanas será factible circular en cualquier parte del carril, siendo recomendada la parte central, además se ocupará cualquiera de los carriles de uso general (no reservado) según convenga a su destino. En vías interurbanas se circulará por el arcén o en su ausencia lo más pegado a la derecha del carril sin que se vea comprometida su seguridad, excepto en incorporaciones o rotondas, donde se deberá ocupar el carril completamente.
Prioridad ciclista: No se establece una prioridad de la bici sobre los demás vehículos, pero tampoco lo contrario, los demás vehículos deberán respetar las bicis como a cualquier otro vehículo, cediendo el paso cuando así lo indique la regla general de prioridad o adaptado a su velocidad en los tramos en los que no sea posible su adelantamiento. A este respecto, cualquier maniobra temeraria, será considerada como muy grave dada la vulnerabilidad física de los ciclistas.
Pasos de peatones y zonas peatonales: En zonas peatonales no se permitirá circular pedaleando si bien se podrá mantener la posición encima de la bici impulsandose con uno o los dos pies en el suelo. En pasos de peatones, regulados o no por semáforo, se circulará de la forma anteriormente descrita, realizando además una maniobra de “stop” al inicio del mismo, esto es, deteniendo la bici completamente y asegurando la posibilidad de cruzar con seguridad antes de emprender la marcha.
Niños, animales y objetos transportados: Se elimina toda regulación del número y forma de transportar niños, animales y cualquier tipo de carga.
Uso de carriles bici: Dada la siniestralidad de los mismos y de los conflictos que genera, se establece 8 km/h como única velocidad posible en carriles bici . Además queda autorizado su uso a cualquier persona que se mueva a dicha velocidad ya fuere andando, corriendo o utilizando cualquier tipo de ingenio mecánico. Para circular a mayor velocidad, deberá utilizarse la calzada.
por wheels

El Ayuntamiento de Barcelona prevé aplicar en el primer trimestre del 2013 la prohibición de que las bicicletas puedan circular por la acera a excepción de algunas que lo permitan con señalización explícita, para lo que en otoño iniciará la tramitación de la modificación del artículo 14 de la Ordenanza de circulación, ha explicado el concejal de Movilidad, Eduard Freixedes.
F. Gómez para