Como se les olvidó invitarme a la reunión ;-) , aquí va mi propuesta

En lo que respecta a las bicicletas, propongo las siguientes modificaciones:
Prendas reflectantes: Se elimina su obligatoriedad, siendo sustituidas por luces delanteras y traseras homologadas por la DGT. La norma de homologación se centrará en la distancia y ángulo desde los cuales queda garantizada su visibilidad. Además las cubiertas deberán estar provistas de una banda reflectante lateral por ambos lados.
Casco: El uso del casco en vías urbanas será siempre recomendado pero nunca obligatorio. A velocidades tan bajas sobre pavimento en buenas condiciones, no existe justificación para su obligatoriedad
Posición en el carril: En vías urbanas será factible circular en cualquier parte del carril, siendo recomendada la parte central, además se ocupará cualquiera de los carriles de uso general (no reservado) según convenga a su destino. En vías interurbanas se circulará por el arcén o en su ausencia lo más pegado a la derecha del carril sin que se vea comprometida su seguridad, excepto en incorporaciones o rotondas, donde se deberá ocupar el carril completamente.
Prioridad ciclista: No se establece una prioridad de la bici sobre los demás vehículos, pero tampoco lo contrario, los demás vehículos deberán respetar las bicis como a cualquier otro vehículo, cediendo el paso cuando así lo indique la regla general de prioridad o adaptado a su velocidad en los tramos en los que no sea posible su adelantamiento. A este respecto, cualquier maniobra temeraria, será considerada como muy grave dada la vulnerabilidad física de los ciclistas.
Pasos de peatones y zonas peatonales: En zonas peatonales no se permitirá circular pedaleando si bien se podrá mantener la posición encima de la bici impulsandose con uno o los dos pies en el suelo. En pasos de peatones, regulados o no por semáforo, se circulará de la forma anteriormente descrita, realizando además una maniobra de “stop” al inicio del mismo, esto es, deteniendo la bici completamente y asegurando la posibilidad de cruzar con seguridad antes de emprender la marcha.
Niños, animales y objetos transportados: Se elimina toda regulación del número y forma de transportar niños, animales y cualquier tipo de carga.
Uso de carriles bici: Dada la siniestralidad de los mismos y de los conflictos que genera, se establece 8 km/h como única velocidad posible en carriles bici . Además queda autorizado su uso a cualquier persona que se mueva a dicha velocidad ya fuere andando, corriendo o utilizando cualquier tipo de ingenio mecánico. Para circular a mayor velocidad, deberá utilizarse la calzada.
por wheels