
Según publica hoy en su web, ConBici ha recibido el texto completo del Borrador del Reglamento General de Circulación y lo transcribe tal cual mientras lo está sometiendo a debate interno en su Grupo de Trabajo de Legislación.
Nosotros queremos hacernos eco de ese Borrador, aclarando que no es el texto definitivo y todavía es susceptible a introducir modificaciones.
Nosotros queremos hacernos eco de ese Borrador, aclarando que no es el texto definitivo y todavía es susceptible a introducir modificaciones.
Título VI “De la circulación de las bicicletas”, que consta de seis artículos, con la siguiente redacción:
Artículo 174. Objeto y definiciones.
El objeto del presente título es regular las principales normas relativas a la circulación de las bicicletas. Lo dispuesto en este título es igualmente aplicable al resto de ciclos.
En todo lo no regulado en este título será de aplicación lo dispuesto en el presente reglamento respecto a los vehículos de motor.