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martes, 1 de junio de 2021

Las 14 prohibiciones para bicis y VMP que Madrid quiere aprobar. Alegaciones hasta el día 28 de junio

Actualizado tras descubrir nuevas prohibiciones

El Ayuntamiento somete a información pública la futura Ordenanza de Movilidad Sostenible. Te damos tres opciones para conocerlo:

Las alegaciones se pueden presentar en este enlace hasta el 28 de junio. 

De aprobarse el texto provisional sin modificaciones, bicis y VMP se encontrarían con doce catorce prohibiciones nuevas que resumimos en el siguiente cuadro:







1. Prohibido aparcar bicis y VMP en la franja de aparcamiento

Actualmente sí está permitido. La prohibición propuesta afectará especialmente a riders esperando entregas, cargobikes o bicis de alquiler sin base como bicimad Go, que ya no van a poder estacionar en las bandas de aparcamiento si no hay un aparcabicis.
 
(Art 48.1)
 
Imagen
 

2. Prohibido dejar bicis y VMP en aceras sin anclar a mobiliario

De manera excepcional se permite anclar las bicis a mobiliario (excepto vegetación o señales) ¿Qué pasa con las bicis que se autobloquean en lugar de atarse, como biciMad GO? Básicamente, quedan vetadas de la ciudad.  Sólo podrán dejarse en las bases y en los aparcabicis. Esto último es realmente abusrdo, en tanto un aparcabicis sirve precisamente para que las bicis que sí lo necesitan puedan atarse. 
 
(Art 48.1)
 
Mientras que la bicis sin base dejarían de poderse aparcar en aceras, el texto no cambia respecto a las motos que sí podrán seguir haciéndolo en las mismas condiciones que ahora.
 
 
La vigilancia para que esto se cumpla será bastante mayor: los controladores de los parquímetros denunciarán tanto a requerimiento como de oficio a cualquier vehículo mal aparcado, algo que ya estaban haciendo sólo con vehículos de alquiler y que ahora podrán hacer también con coches, motos y bicis particulares.
 
(Art 241.2)

¿Tienes una multa por aparcar la moto en la acera? Un juzgado de Madrid  anula la sanción

3. Prohibido circular a los ciclistas y VMP que vayan sin casco entre los 16 y 17 años

(Art 167.2)
(Art 176.6) 
 
El Ayuntamiento pretende modificar la Ley de Seguridad Vial del Estado, modificando la edad a partir de la cual se puede rodar sin casco desde los 16 a los 18 años. Según hemos comentado aquí, esta modificación podría ser contraria a derecho, al tratar un municipio de modificar un aspecto regulado por una norma de rango superior.

Por otro lado, el Ayuntamiento ha argumentado que la medida es necesaria por el aumento de accidentes los últimos 5 años, pero no se corresponde con la realidad: llevan estabilizados a pesar del crecimiento en el uso de la bici. En la franja de edad de 15-17 años además se está viendo una evolución positiva, prácticamente han desaparecido los accidentes graves. La percepción errónea de que los accidentes aumentan parece venir de un cambio de metodología en los datos: hasta 2019 no se incluyeron los accidentes de ilesos sin daños materiales.
 
Adicionalmente, la medida podría provocar un cambio modal hacia modos más peligrosos como la moto, tal como comentan aquí

La actual posibilidad de ir sin casco en VMP en sendas ciclables quedaría también anulada.
 
 

4. Prohibido circular a los ciclistas que trasladen mercancías o personas dentro de una actividad económica sin casco

(Art 172.2)
 
Riders, repartidores de ciclologística o bici-taxis no podrían ejercer su actividad sin casco. En este caso muchas empresas ya lo exigen, pero podría no ser legal al invadir competencias estatales. 
 
Hay vida después de Deliveroo | Madrid | EL PAÍS
 

5. Prohibido el doble sentido en calles residenciales a 20 km/h

(Art 169)
 
Las calles residenciales quedarían prohibidas en el sentido que ahora es exclusivo de bicis, pudiéndose circular sólo en el sentido compartido con el resto del tráfico. Si bien es cierto que la norma actual genera confusión al no estar bien señalizadas dónde terminan estos tramos, la nueva norma de la DGT de aplicar 20 km/h a cualquier calle de plataforma única podría usarse como definición de los tramos autorizados al ser mucho más fáciles de identificar

La circulación en doble sentido para bicis en calles de 1 carril está recomendada por motivos de seguridad vial por la Unión Europea y varios estudios confirman que ayuda a mejorar la seguridad vial. Así lo atestiguan también los datos de la experiencia en Vitoria e incluso en la propia ciudad de Madrid, que ha visto cómo los accidentes en estas calles han bajado desde que se implantó la medida, como comentan aquí.
 
 Qué significa esta señal y por qué deberías prestarle atención al circular  por Chueca? | Somos Chueca
 

6. Prohibido autorizar el doble sentido en calles 30 km/h

(Art 169)
 
Actualmente el Ayuntamiento puede decidir que una calle limitada a 30 sea de doble sentido para bicis si hay señal que lo permita, como sucede en la calle Mayor o Reyes.

La eliminación del artículo que lo permite deja en un limbo legal estas calles ¿siguen estando autorizados esos sentidos propios para bici al diponer de carril propio o no?
 
 texto alternativo

 

7. Prohibido la circulación en túneles a bicis ¿Pasos inferiores? Indeterminado

(Art 167.9)

Se pretende prohibir la circulación de bicicletas por cualquier túnel. Esta prohibición dejaría incomunicados algunos distritos (Ver mapa) y terminaría por condenar la conexión entre Vallecas y Madrid Río, al haberse también prohibido el paso por el Parque Tierno Galván, tal como denunciamos hace unos días.

El texto habla de túneles y no de pasos inferiores, una distinción importante para no prohibir pasar por debajo de cualquier paso elevado. El problema es que se trata de una definición técnica sin soporte legal, y ya venimos advirtiendo que en muchos tramos no quedaría claro si se prohíbe o no. Eso podría generar arbitrariedad policial y no pocas multas recurribles.

El único permiso claro de paso serían aquellos túneles con vías reservadas a bicis que además estén segregadas. La Ley de Seguridad Vial (Anexo I, art.78 y 79) define que sólo las vías ciclistas por parques o con trazado independiente de la calzada son "segregadas". Eso implica que este carril-bici y otros similares podrían quedar prohibidos.


8. Prohibido girar a la derecha con el semáforo en rojo en los cruces actualmente autorizados a las bicicletas

(Art 171)
 
La actual posibilidad de que una señal autorice a girar a las bicis con el semáforo en rojo no se ha llegado a aplicar a ningún cruce de Madrid aún, y es dudoso que pueda ser legal: recordemos que las normas estatales dejan claro que en caso de contradicción un semáforo tiene siempre más prioridad que una señal vertical.

En su lugar, quedaría como única opción que ese derecho de paso para bicis ante un disco rojo se regule con semáforos específicos, como ya sucede en Cibeles o la Puerta de Alcalá.

Los ciclistas vascos quieren poder saltarse algunos semáforos en rojo | El  Diario Vasco
Los ciclistas de algunas ciudades francesas pueden girar a la derecha o ir  hacia delante con el semáforo en rojo | en bici por madrid

 

9. Prohibido usar la M30 incluso en los tramos urbanos con semáforos

(Art 169.5)
 
Actualmente las bicis pueden usar los tramos urbanos de las vías de servicio de la M30 que tienen semáforos, es decir, los laterales de la Av. Ilustración que se ven en la foto. La nueva redacción elimina esta posibilidad, incentivando así el uso de las zonas peatonales de esa vía.


 

10. Prohibido circular en VMP por cualquier ciclocarril 30

(Art 177.3) 
 
La actual ordenanza limita muchísimo la movilidad legal de los VMP, hasta el punto de ser necesario este plano para saber cómo llegar a un sitio sin exponerse a multas. En la práctica parte de los patinetes acaba usando calzadas prohibidas y otra circula por aceras.  
 
Para solucionarlo, la ordenanza se dejó un año para evaluar la siniestralidad de patinetes y a partir de los resultados permitir ciclocarriles a 30, aunque hubiese carriles a 50 al lado, reduciendo considerablemente el problema. 
 
Ante los buenos datos de siniestralidad, el primer borrador de esta nueva ordenanza autorizaba el uso de los ciclocarriles (a los que llegó a llamar "multimodales" para hacer referencia a los VMP, llegándose incluso a estudiarse añadir el pictograma del patinete). El texto que se somete a consulta pública ha retirado esa opción y expresamente prohíben circular por ese tipo de carriles, incluso en las calles de un único carril donde antes se permitía.

El paseo Echegaray incorporará ciclocarril en su trazado para  descongestionar el carril bici existente

 

11. Prohibido a niños entre 10 y 15 años usar VMP dentro de un grupo turístico

(Art 179) 
La norma actual contempla la posibilidad de que una familia con niños contrate un tour con guía en patinete o segway, siempre que los niños tengan al menos 10 años de edad. La propuesta del ayuntamiento es prohibir esa opción.
 
▷Los VMP y VMU: tipos y normativa en la vía pública

 

12. Prohibido a menores de 15 años usar VMP en zonas sin tráfico 

(Art 176.1)
 
Como parte del proceso de aprendizaje, la norma actual establece que un adulto pueda acompañar a un menor de 15 años que use un VMP, siempre que lo haga en zonas cerradas al tráfico. El Ayuntamiento pretende prohibir esa opción.
 
Habrá una edad mínima para conducir patinetes eléctricos

 

13. Prohibido circular por túneles con VMP, incluso si se trata de vías ciclistas segregadas

 (Art 177.3)
 
La norma estatal ha prohibido el paso por cualquier túnel urbano. Aparte del problema mencionado de la falta de distinción clara respecto a pasos inferiores, la prohición sin matices puede implicar no poder pasar por túneles sin tráfico a motor, como el del Anillo que conecta Fuencarral y Las Tablas.

Túnel Sur de Las Tablas: inauguración (no oficial) con el Alcalde de la  Bici de Madrid, Jaime Novo - Modelo Madrid


14. Prohibido estacionar a los vehículos de movilidad reducida de alquiler

Para evitar la invasión de sillas para personas de movilidad reducida en las aceras, el Ayuntamiento ha decidido eliminar el problema de raíz. Se prohibe completamente el alquiler en el espacio público de estos elementos.

Las sillas a motor: el nuevo quebradero de cabeza para el Ayuntamiento al  operar sin licencia en Madrid


Alegaciones

Las alegaciones se pueden presentar en este enlace hasta el 28 de junio.
 

Madrid Ciclista ha confeccionado un modelo que puedes descargar aquí.

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