Ordenanza de Movilidad (II): Novedades para la bici
Ordenanza de Movilidad (III): Aparcar bicis, motos y VMU
Se ha aprobado el texto final de la nueva ordenanza de movilidad, tras los cambios introducidos en las alegaciones.
A falta de la aprobación en pleno a la vuelta del verano, que todavía puede implicar algún cambio, nos lanzamos a destripar los aspectos más relevantes para el peatón, la bici y los vehículos de movilidad urbana (VMU).
Han sido necesarias varias relecturas para descifrar un texto que ha más que duplicado en extensión a su antecesor vigente de 2005. Un mismo tema se reparte entre artículos muy distantes, a veces con algunas incoherencias que sólo hemos podido detectar cuando hemos hecho el mega-cuadro.
Pinchen para aumentar. No descarten que haya errores aún.
Ordenanza de Movilidad (III): Aparcar bicis, motos y VMU
Se ha aprobado el texto final de la nueva ordenanza de movilidad, tras los cambios introducidos en las alegaciones.
A falta de la aprobación en pleno a la vuelta del verano, que todavía puede implicar algún cambio, nos lanzamos a destripar los aspectos más relevantes para el peatón, la bici y los vehículos de movilidad urbana (VMU).
Han sido necesarias varias relecturas para descifrar un texto que ha más que duplicado en extensión a su antecesor vigente de 2005. Un mismo tema se reparte entre artículos muy distantes, a veces con algunas incoherencias que sólo hemos podido detectar cuando hemos hecho el mega-cuadro.
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Las novedades
Queríamos haber hecho un cuadro del "antes y el después", pero parece evidente la dificultad de comparar ese monstruo de tipos de vías y vehículos con lo que regía desde 2005, vean:- De ocho a diecisiete tipos de viario, cada uno con una norma distinta. Es uno de los motivos de que el cuadro haya crecido tanto.
- 6 nuevos tipos de vehículos, entre patinetes, triciclos, segways que han vivido en el limbo hasta el momento. Es el otro motivo del tamaño del cuadro.
Los nuevos tipos de vías
- Aceras de especial protección: Aceras peatonales "de verdad", sólo para peatones. Tener que llegar a esto nos da idea de la cantidad de cacharros y vehículos que están permitidos en las aceras normales.
- Carril-bici sin protección: Se han diferenciado los carriles que van junto a calzada sin más separación que pintura con el único objetivo de limitar su uso a patinetes eléctricos y similares
- Banda ciclista: Un único ejemplo de Ascao, y posiblemente lo será por mucho tiempo tras la polémica que trajo, pero que requiere de normativa propia. Es como un carril-bici sin protección, pero sin distancia de seguridad, sin señalizar y que además no es de uso exclusivo para la bici... todo ventajas (nótese la ironía).
- Ciclocalle: Se trata de calles en las que está prohibido el tráfico motorizado, sin llamarse peatonales, para que las bicis puedan usarlas sin los problemas legales que impone la norma estatal.
- Zonas 30: Ya existían, pero sin más contenido que ser calles limitadas a 30 km/h. Con la nueva ordenanza, se añade un plus de calmado con prioridad peatonal. Un híbrido entre una calle a 30 km/h y las calles de coexistencia que ya existen a 20 km/h.
- Calles a 30: Calles de 1 carril por sentido, siempre que no pase el bus. Puede sonar raro, pero así será.
Los nuevos tipos de vehículos
- Patinetes y patines sin motor: lo más parecido a un peatón con ruedas en la nueva ordenanza, con derecho a usar aceras, calles tranquilas y carriles-bici
- VMU tipo A: Cacharros con motor pequeños, de esos que parecen sacados de pelis de ciencia ficción. No pueden ir por aceras, sólo calles tranquilas a menos de 20 km/h y no todos los carriles-bici.
- VMU tipo B: Patinetes eléctricos de cierto tamaño y segways. La frontera con tipo A es difusa, y la DGT no la aclara bien. Mismos derechos que en el caso anterior, con la excepción de poder usar las zonas 30.
- VMU tipo C0: Bicis de carga que no se dediquen a llevar carga comercial. Clasificación ambigua a más no poder, puesto que no se sabe si el criterio es su tamaño o su actividad. No pueden usar aceras-bici, pero sí calles a 30km/h.
- VMU tipo C1: Bicitaxis comerciales. Si no cobran dinero, no se sabe lo que son. Iguales derechos que en el caso anterior, aunque tienen que pedir permiso para operar en parques.
- VMU tipo C2: Triciclos de carga comerciales: Mismos viarios permitidos, pero no pueden atravesar parques si no van a llevar mercancía al propio parque.
Los aciertos
- Convertir las aceras-bici en bandas de circulación de más vehículos de pequeño tamaño, con una limitación de velocidad necesaria
- Que los menores en bici por aceras no sea una barra libre para justificar los miedos de los adultos, obligándoles a acompañarles a pie.
- El doble sentido para bicis en calles residenciales, una práctica habitual en medio mundo muy efectiva, segura y que ayuda a promocionar este vehículo a coste cero (más info de por qué es buena idea aquí)
Las incoherencias
Tantas normas con modificaciones y alegaciones es inevitable que genere situaciones absurdas. Citamos alguna, pero seguro que alguien en comentarios detecta más:- Un patinete con motor tiene prohibido usar un carril-bici sin separación. Pero si le quitas el motor, ya es legal usarlo.
- Los triciclos de carga comercial acaban de ser vetados de media ciudad al no poder usar calzadas que no estén limitadas a 30 km/h. Un niño con su bici en cambio sí puede usar esas calzada.
- Un triciclo de carga comercial tampoco pueden usar el Anillo Ciclista.
- Si el vehículo de carga no es comercial y tiene dos ruedas, la clasificación es ambigua, puede considerarse bici y de repente tener un montón de derechos.
- En vías asfaltadas de parques una bici puede ir a 20 km/h aunque sea una senda compartida con peatones. Un triciclo o un patinete sin motor, sólo a 5 km/h. Un patinete a motor tipo B podrá ir a 30 km/h.
- En calles de coexistencia y prioridad peatonal, las bicis pueden circular en doble sentido. Un patinete con motor no. Un patinete sin motor está prohibido.
- ¿Para qué sirve una banda de protección ciclista en la que cualquier vehículo puede circular, pero sin las distancias de seguridad que da un carril normal?
- Hablando de la misma banda ciclista ¿por qué un coche puede usarla y un triciclo de carga no?
- Si un patinete eléctrico puede circular por una calzada de zona 30 ¿por qué no puede hacerlo por una calzada limitada a 30?
- ¿De verdad las bicis circulando por el lado izquierdo del carril-bus es lo más seguro, cuando en el resto de la ordenanza se habla de tomar el centro del carril por seguridad?
- Si con el cuadro actual, hasta la policía municipal ya nos muestra desconocimiento ¿quién puñetas va a vigilar el cumplimiento de toda esta casuística?
Lo que simplificaría que...
- Los VMU de tipo C se consideraran ciclos con todas las de la ley, con la única excepción de no meterlos en sitios estrechos
- Los VMU de tipo A y B se consideraran ciclos también, con la excepción de evitarles situaciones de negociación de cambio de carril, aquí el porqué.
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