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jueves, 18 de abril de 2013

Ordenanzas de circulación en los municipios del sur de Madrid

Este análisis se ha realizado como parte del Proyecto Bicisur. Consideramos apropiado difundirlo por su interés informativo para los ciclistas del sur de Madrid. 

Excluyendo los aspectos regulados a nivel estatal (actualmente en revisión), cada municipio tiene potestad realizar ordenanzas de movilidad para facilitar la circulación de los ciclistas, pero también dificultarla restringiendo derechos de los que gozan otros vehículos.

Muchas de estas ordenanzas regulan la posición de la bici en la calzada. Este aspecto es determinante en la seguridad del ciclista ya que una posición correcta puede evitar la mayor parte de los accidentes urbanos. Es pues necesario que esas prácticas tengan respaldo legal y difusión.

Más allá de la seguridad, existen otro tipo de comportamientos que adecuadamente regulados pueden ayudar a fomentar el uso de la bici sin necesidad de inversión. Hablamos de la posibilidad de usar el mobiliario para atar las bicis o de poder circular por calles de prioridad peatonal que actualmente permiten pasar a ciertos vehículos como residentes o servicios.


La realidad de los municipios del sur metropolitano: no hay dos ordenanzas iguales

Dado que cada municipio tiene potestad para legislar los anteriores aspectos de manera independiente, la legislación que hemos encontrado en el sur metropolitano no es para nada uniforme, dándose el caso de que no hay dos municipios de los 9 analizados que digan lo mismo con respecto a la bici. 

Además de la dificultad que tiene el ciclista metropolitano de tener que aprenderse las diferentes leyes que rigen el uso de la vía pública en cada municipio, se enfrenta también a situaciones extravagantes, como que en Madrid sea obligatorio circular por el centro del carril, mientras que al pasar a Alcorcón esté esa posición expresamente prohibida, teniendo que ceñirse el ciclista al borde derecho. 

Recogemos aquí un cuadro resumen para aclararse, que esperamos que sea de utilidad. Cada icono está explicado en el siguiente punto. Al final del artículo se enlazan los textos completos.

(haz click en la imagen para agrandar)

Comparativa de las ordenanzas ciclistas del sur de Madrid - pincha para ampliar


La ordenanza ideal

El Proyecto Bicisur puede ser una oportunidad para que desde un organismo de transporte intermunicipal, como es el Consorcio de Transportes, se unifique la normativa y se mejoren los puntos que actualmente dificultan el empleo de la bici, ya que no hay una ordenanza de circulación que se pueda calificar todavía de ejemplar. Ni siquiera las recomendaciones de la Federación Española de Muncipios (FEMP)  puede considerarse óptima, como se ve en el cuadro.

Una excepción es la ordenanza prevista por el Ayuntamiento de Madrid, que de aprobarse (y con la excepción de la excesiva restricción del uso del carril-bus) podría convertirse en modelo para el resto.

Aunque esta lista no es exhaustiva, recoge los principales puntos que deberían ser reflejados en las ordenanzas municipales. Si crees que falta alguno o que se debería de legislar de otra manera, déjanos un comentario:


La ordenanza ideal
Uso de la calzada: La ordenanza debe otorgar expresamente el permiso de ocupar la parte central del carril y la posibilidad de usar un carril distinto al derecho.

Comportamiento de otros vehículos ante el ciclista: Es necesario establecer la obligación de adelantar al ciclista cambiándose de carril dejando siempre distancia lateral de seguridad. Asimismo también se debe establecer una distancia de seguridad mínima cuando se circula detrás del ciclista.

Circulación por vías ciclistas segregadas: No deben de ser de uso obligado en ningún caso para no excluir al ciclista del resto de la calzada. Se debe hacer mención expresa de esto, para no generar confusión respecto a la obligación que impera en vías interurbanas. 

Uso de carriles reservados: Se debe contemplar que el ciclista pueda usar el carril-bus/tranvía cuando la velocidad del ciclista no entorpezca a los demás vehículos, o cuando éstos puedan adelantar al ciclista con seguridad (por ejemplo, carriles-bus sin separador cuando hay poco tráfico).

Circulación en zonas de prioridad peatonal: Las áreas de prioridad peatonal no reguladas por la norma estatal deberían permitir expresamente la circulación ciclista dejando claro que éste no tiene la prioridad, y que debe adecuar su velocidad a las circunstancias, echando pie a tierra si es preciso. 

Circulación a contramano: La ordenanza debe poder permitir la circulación en sentido contrario al establecido, pero sólo en las calles en las que se señale y siempre en viario local.

Circulación en paralelo: Se debe mencionar expresamente que está permitida la circulación de dos ciclistas en paralelo dentro del mismo carril de circulación también en ciudad.


Estacionamiento anclado a mobiliario: Cuando no sea posible aparcar la bicicleta a un aparcabicis específico, la ordenanza debe permitir estacionar anclándose al mobiliario urbano (no elementos vegetales) siempre que se respeten unas dimensiones mínimas que garanticen el paso de peatones.


Transporte de mercancíasy personas: Se debe permitir expresamente el transporte de carga y pasajeros (en plural) con elementos homologados.






Enlaces a los textos de las ordenanzas

Alcorcón: BOCM 09/08/2002
Getafe: BOCM 04/12/2012
Móstoles: BOCM 24/10/2006
Fuenlabrada: Sin ordenanza
Leganés: BOCM 3/09/1990

Parla: BOCM 02/02/2009
Pinto: BOCM 6/11/2010



Villaviciosa de Odón: BOCM 23/08/2010
Federación Española de Municipios: Modelo para municipios sin ordenanza
Madrid (vigente): BOAM 01/12/2005 y BOCM 30/11/2010
Madrid (borrador): Avance publicado en Enbicipormadrid

10 comentarios :

  1. Hola buenas, no sabía que en Madrid estaba permitido llevar pasajeros en la bici, supongo qu eha debido de cambiar no hace mucho ,¿no? .Saludos

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  2. Un menor de hasta 7 años se puede llevar. Más de eso la norma estatal creo que no deja, aunque el borrador lo iba a cambiar.

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  3. En la plaza Canalejas si quieres entrar a Príncipe (área de limitación de vehículos a motor) la única opción segura es meterte en el carril bus porque no es la primera vez que me encuentro con un bus cortándome el paso al realizar el giro.

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  4. Y por qué no se debería poder estacionar la bicicleta en elementos vegetales?
    Lo de circulación a contramano y lo de Circulación por vías ciclistas segregadas es lo que veo menos claro. Del resto no tengo queja y muchas son ya necesarias.

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  5. Porque alguno va y se carga el árbol para robarte la bici. Ya ha pasado.
    Lo de contramano hay que hacerlo con cuidado, sólo en calles muy específicas, de prioridad residencial diría.
    No dejar salirse de las vías segregadas nos ha costado ya unos cuantos disgustos, algunos fatales.

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  6. ¿No hubiera sido clarificador añadir una fila con las propuestas del borrador de RGC de la DGT?

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  7. ¿No sera mejor que no haya ordenanzas? y que se circule en todas partes con los mismos criterios...

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  8. Nunca he visto una indicación para bicicletas en Madrid que indique que se puede circular a contramano. Debe ser que no conozco la señal :S

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  9. Un ejemplo de calle a contramano en Madrid: Calle San Hilario:
    http://goo.gl/maps/MKoZ1

    No tiene más señal que un "Prohibido, excepto bicicletas"

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  10. Esa una ruta provisional cuando no estaba acabado el Anillo Ciclsta a su paso por "La Peineta". No sé si seguirá la señalización o lo han retirado.

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