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miércoles, 6 de noviembre de 2013

La policía municipal no reconoce que desconoce la ordenanza de movilidad

A raíz de este incidente en el que se demostró el desconocimiento que la Policía Municipal tiene de la ordenanza de movilidad, puse el siguiente correo a asuntosintpm@madrid.es, que es el cauce para atender reclamaciones relacionadas con la actuación de este cuerpo. Parece que el agente preguntado no ha debido de comentar lo sucedido con precisión, y las pruebas presentadas no son concluyentes, por lo que la autoridad ha decidido que el desconocimiento de la norma por parte de sus agentes no merece ni siquiera explicación, y mucho menos responsabilidad de la administración.

Animo a quien estuvo presente aquel día y pueda aportar más pruebas, haga su correspondiente reclamación, subsanando la falta de pruebas que yo no he sido capaz de aportar.


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7 de Octubre de 2013
A la atención de Asuntos Internos de la Policía Municipal


Buenos días, quisiera comentar un incidente con la policía municipal relacionado con la circulación de bicicletas.

DATOS DEL INCIDENTE 
C/ Alberto Aguilera, llegando a Gta. Ruiz Jiménez 
Sábado 5 de octubre, en torno a las 11AM 
Coche de policía municipal con matrícula parcialmente visible en este vídeo (??03 HD?)

DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS 
Circulo en bicicleta con un grupo de unas 6 personas por Alberto Aguilera, ocupando el carril contiguo al carril-bus. 

Al llegar al lugar me encuentro mi carril y el carril-bus bloqueado por un coche de la policía municipal. Los agentes han ido parando cuanto ciclista ha ido pasando antes por ahí, formando ya un grupo de unos 40 ciclistas cuando llegamos nosotros. 


Según uno de los agentes, los ciclistas no estamos circulando correctamente usando ese carril, e indica que debemos usar el carril-bus, circulando en fila y ciñéndonos a la derecha. 

La ordenanza de movilidad de Madrid 39bis dice expresamente lo contrario:

"En la calzada, las bicicletas circularán ocupando la parte central del carril. 
De existir carriles reservados a otros vehículos, circularán en las mismas condiciones por el carril contiguo al reservado" 

Por lo tanto el agente nos dio orden expresa de incumplir la propia ordenanza, pudiendo ser multados en caso de haberle hecho caso por cualquier otro agente que la policía que nos encontráramos más adelante. 

Para salir de la situación, le entregué al uno de los agentes (el que se ve hablando en el video), un extracto de la normativa, que por desgracia he de llevar siempre conmigo para casos así. Cuando vio de qué se trataba, la rechazó sin leerla, por lo que no se dejó informar de su error. 

Para terminar, dicho agente comentó que necesitamos una autorización para circular en grupos de más de 20 personas, a pesar de que según comentan los ciclistas que había antes, en ningún caso se hubiera llegado a esa cifra de no ser por la acumulación de ciclistas provocada por los propios agentes. 

COMENTARIOS 
Los ciclistas que estábamos allí conocíamos la normativa, pero sabemos que el desconocimiento es brutal entre el resto de ciclistas, conductores (incluso profesionales) y por lo descrito, también en la policía municipal. 

 La circulación por el centro del carril no es sólo un tema legal, sino la manera de evitar el 70% de accidentes que suceden en ciudad. Pensar que la propia policía pueda estar indicando a ciclistas inexpertos que se ubiquen en el punto ciego de los coches y autobuses que les pueden cerrar el paso es grave. 

Por lo tanto, solicito que se informe adecuadamente al personal de la policía sobre cuál es la ordenanza correcta y que la apliquen, esperando que este episodio no se repita más.

Gracias



* * *  


texto alternativo 29 de Octubre de 2013
Respuesta de la Policía Municipal:


Muy Sr. Mío: 

En relación con su correo electrónico de fecha 07-10-13, en el que exponía su desacuerdo con la actuación llevada a efecto por Agentes de Policía Municipal el pasado 05-10-13 en la calle Alberto Aguilera, con un grupo de ciclistas, cúmpleme comunicarle lo siguiente: 

Que se ha procedido a la apertura del correspondiente Expediente de Información Reservada, en el que se han desarrollado diferentes actuaciones como la toma de testimonio al jefe de equipo de la dotación actuante, así como el análisis de las pruebas documentales (grabaciones de video colgadas en YOUTUBE), no habiendo quedado acreditada o demostrada ninguna irregularidad de los mismos, y por lo tanto, sin que se pueda desprender exigencia de Responsabilidad Administrativa alguna.

Consecuentemente con lo expuesto, se ha procedido al archivo de las presentes actuaciones. 

Atentamente: 

JEFE DE LA UNIDAD DE ASUNTOS INTERNOS