Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid
Título segundo, capítulo 2, Artículo 39 quáter
En las aceras-bici, los peatones tendrán siempre preferencia de paso para atravesarlas transversalmente, debiendo el ciclista, en todo caso, adaptar su velocidad para que los peatones que hayan iniciado el cruce puedan completarlo con seguridad. En cualquier caso, los peatones deberán cerciorarse de que la distancia y velocidad de las bicicletas que se aproximen les permitan cruzar con seguridad.
En los carriles-bici, la prioridad de paso es de las bicicletas, solo se podrán atravesar transversalmente y preferentemente por los pasos de peatones señalizados al efecto. En el caso de atravesar el carril-bici fuera de los mismos, los peatones deberán cerciorarse de que pueden hacerlo sin riesgo ni entorpecimiento indebido.
Una buena forma de hacer un carril-bici:
ResponderEliminarhttp://www.veoverde.com/2011/03/contrail-ciclistas-dibujando-vias/#more-139202
Una curiosidad... según la normativa, ¿Cuál es la diferencia entre acera-bici y carril-bici?
ResponderEliminarEl color con el que está pintado el suelo (rojizo o negro)? El material del suelo (la pasta esa rara rojiza o asfalto)? El lugar donde se ubique (acera o calzada)?
¿Y qué pasa con los peatones que circulan por el carril bici y mucho más por la acera bici como se ve en la imagen superior?
ResponderEliminarhttp://bicicletasciudadesviajes.blogspot.com/2010/11/por-que-los-ciclistas-andan-por-las.html
El problema va más allá de la pura legalidad y pasa por el estilo de movilidad ciclista que se está promocionando:
http://bicicletasciudadesviajes.blogspot.com/2010/11/si-esto-es-promocion-de-la-bicicleta.html
Sobrerregular las condiciones de circulación de las bicis:
http://bicicletasciudadesviajes.blogspot.com/2011/02/la-teoria-de-la-relatividad-se-gesto-en.html
La duda es si todo este tipo de normativa va a servir para impulsar la circulación de las bicicletas o para promocionar su circulación sólo en carriles bici:
http://bicicletasciudadesviajes.blogspot.com/2011/01/azul-y-redondo-obligatorio.html
Porque corremos el riesgo de desenfocar el problema y reducirlo a un asunto entre ciclistas que quieren circular por carriles y peatones:
http://bicicletasciudadesviajes.blogspot.com/2010/12/la-movilidad-en-mi-ciudad-segun-mi.html
Un saludo y perdón por la paliza, pero es que con estos temas me enciendo.
Eneko
La diferencia fundamental es que la acera bici discurre por la acera y el carril bici discurre por la calzada, a su mismo nivel (en el caso de la foto, con separación física).
ResponderEliminar:) :) :)
La "Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial" 19/2001, de 19 de diciembre, hace la siguiente distinción:
ResponderEliminar70. Vía ciclista: vía específicamente acondicionada para el tráfico de ciclos, con la señalización horizontal y vertical correspondiente, y cuyo ancho permite el paso seguro de estos vehículos.
71. Carril-bici: vía ciclista que discurre adosada a la calzada, en un solo sentido o en doble sentido.
72. Carril-bici protegido: carril-bici provisto de elementos laterales que lo separan físicamente del resto de la calzada, así como de la acera.
73. Acera-bici: vía ciclista señalizada sobre la acera.
74. Pista-bici: vía ciclista segregada del tráfico motorizado, con trazado independiente de las carreteras.
75. Senda ciclable: vía para peatones y ciclos, segregada del tráfico motorizado, y que discurre por espacios abiertos, parques, jardines o bosques.
Adaptando levemente esas definiciones el Plan Director de Movilidad Ciclista de Madrid indica que las modalidades de las vías ciclistas pueden ser las siguientes:
- pistas-bici, vías para ciclos segregadas físicamente del resto de los medios de transporte motorizados y también de los peatones.
- carriles bici, vías para ciclos, señalizadas al efecto, que forman parte de la calzada en vías urbanas. Los carriles bici se consideran “protegidos” cuando están separados del resto de la calzada mediante bordillos o bolardos que impiden la invasión del carril porparte de los vehículos motorizados de cuatro ruedas. La modalidad de “carril-bus-bici” establece la circulación combinada de los autobuses y las bicicletas.
- arcenes bici, vías para ciclos que forman parte de la calzada en carreteras.
- aceras-bici, vías para ciclos segregadas del tráfico motorizado pero integradas en la acera o espacio peatonal y presentando algún tipo de señalización y/o elemento físico o visual que las segrega del espacio propiamente peatonal.
- sendas bici o ciclables, vías para peatones y ciclos que discurren por espacios abiertos, parques, jardines o bosques con independencia del trazado de las vías motorizadas. Puede existir algún tipo de tratamiento físico, visual o señalización que segregue el espacio de los ciclistas del peatonal.
- vías mixtas o compartidas, vías en las que el ciclista comparte el espacio con los vehículos motorizados, con presencia o no de peatones.
:) :) :)
Creo que no hay que disculparse por nada. Es más, en mi opinión no estaría mal que más gente se encendiera, pues parece que nos gusta que nos las den todas en el mismo sitio.
ResponderEliminarSE PUEDE CIRCULAR EN BICI POR EL CARRIL BUS??
ResponderEliminarmari la respuesta es NO salvo excepciones.
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