Sobre el uso de la bicicleta como medio de transporte saludable, ecológico y sostenible
1º.- Todas las personas, incluida la población infantil, tienen derecho a circular en bicicleta y a recibir la formación vial que se requiera para hacerlo con seguridad.2º.- Resulta necesario que las ciudades se doten de vías ciclistas seguras, cómodas y útiles, donde se pueda circular evitando conflictos con otros usuarios de la vía pública. Igualmente, deben habilitarse aparcabicicletas donde se aparque de forma segura y cómoda.
3º.- La ciudad necesita de medidas para la pacificación del tráfico motorizado, zonas 30, que faciliten el desenvolvimiento de la bicicleta en la trama urbana.
4º.- Se insta a los Ayuntamientos a que aprueben Ordenanzas de circulación que establezcan un marco jurídico que propicie el uso de la bicicleta como medio de transporte urbano, garantizando la convivencia con los peatones y la prevalencia sobre los vehículos a motor. Así mismo, se les insta a reclamar la aprobación de una Ley que regule el uso de la bicicleta como medio de transporte en el marco de la movilidad urbana sostenible.
5º.- La red de vías ciclistas debe incorporarse en el Planeamiento Urbanístico y estratégico Municipal, desde su elaboración hasta su desarrollo y ejecución.
6º.- Las actuaciones políticas y administrativas para el fomento del uso de la bicicleta deben contar con la presencia activa de los agentes sociales y económicos, de organizaciones y colectivos, representativos de intereses sociales de las ciudades donde vayan a desarrollarse las iniciativas, garantizando una participación ciudadana real y efectiva.
7º.- Los Ayuntamientos deben destinar recursos propios y contar con el apoyo de sectores económicos locales para dotar, suficientemente, proyectos, obras y demás iniciativas que fomenten el uso de la bicicleta como medio de transporte, así como para desarrollar programas sectoriales en educación, salud, ocio, medio ambiente, eficiencia energética, etc. que ayuden a crear una nueva cultura de la bicicleta.
8º.- Los Ayuntamientos deben considerar la creación de un parque de Bicicleta Pública como una nueva forma complementaria de estimular el uso de la bicicleta en las ciudades y como elemento cohesionador de la intermodalidad.
9º.- Se insta a las Comunidades Autónomas y a la Administración Central del Estado a que colaboren con las Administraciones Locales para impulsar el uso de la bicicleta mediante estrategias que sirvan de apoyo técnico y económico a las políticas de fomento de la misma.
10º.- Los poderes locales deben desarrollar campañas de comunicación y difusión y poner en marcha iniciativas ejemplares de buenas prácticas.
Sevilla, en el Plenilunio de marzo del año 2.009