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martes, 16 de marzo de 2010

Agentes Forestales interceptan e inmovilizan varias motocicletas enduro en las últimas semanas

Circulaban por zonas protegidas del Parque Regional de la Cuenca Alta de Manzanares


Según informan en su página web, el pasado mes de febrero, en sendos operativos efectuados por el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid y la Policía Local de Hoyo de Manzanares se detuvo e inmovilizó a varias motocicletas que circulaban, no estando autorizados para ello, por zona A2 (Reserva Natural) del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares y Reserva de la Biosfera.

La sanción por circular en este tipo de terrenos puede llegar a los 600€.

La Asociación Profesional de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid (APAF-Madrid) informa que la circulación de este tipo de vehículos por zonas protegidas naturales ocasiona, entre otros, los siguientes daños: apertura de trochas y caminos que dañan los perfiles del suelo y eliminan la cubierta vegetal; graves molestias al ganado, a la fauna en general y especialmente a la fauna protegida, a las especies cinegéticas en la época de cría y reproducción así como contaminación acústica y atmosférica.

Además, la alta e inadecuada velocidad, junto a una forma de conducción agresiva y/o deportiva supone un peligro potencial para la ciudadanía usuaria del medio natural, que la hace incompatible con otras actividades permitidas, como el paseo, el ciclismo, las rutas a caballo y molesta especialmente a excursionistas, corredores, pastores, etc.

APAF-Madrid informa a la ciudadanía que la prohibición de circular con motocicletas y quads sin autorización en terrenos de la Comunidad de Madrid esta recogida en un amplio catálogo de normativa ambiental, tanto estatal como autonómica: Leyes de los diferentes Parques Regionales, Ley Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, Ley Estatal de Montes, leyes de Vías Pecuarias, Decreto de montes a cargo de la Comunidad de Madrid, Ley de Embalses y Humedales, Orden sobre uso socio-recreativo de los montes y terrenos forestales administrados por la Comunidad de Madrid y Decreto sobre Incendios Forestales.

Hemos escrito anteriormente: Los vehículos a motor no pueden circular por montes, terrenos forestales y vías pecuarias, En la Sierra, "Silencio", Está prohibido circular en moto por los caminos de la Sierra