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lunes, 15 de marzo de 2010

Está prohibido circular en moto por los caminos de la Sierra

El fin de semana pasado, en nuestra ruta en bici de El Escorial a Madrid, siguiendo la Senda de las Merinas, nos cruzamos con varios grupos de motos por los caminos y vías pecuarias de la Sierra madrileña. Aunque ya lo hemos escrito en varias ocasiones, lo recordaremos una vez más: los vehículos a motor no pueden circular por montes, terrenos forestales y vías pecuarias.


El acceso motorizado (4x4, motos o quads) a las montañas, fuera de las carreteras o los caminos autorizados, ESTA PROHIBIDO y regulando por una abundante legislación. Es preciso que se sepa y que se denuncien sus incumplimientos.

  • Ley de Montes (10/2006 de 28 de abril de modificación de la ley 43/2003 de 21 de noviembre). Limita la circulación de vehículos a motor por pistas fuera de la red de carreteras y caminos vecinales, exclusivamente a las actividades de vigilancia, extinción de incendios, gestión agroforestal y, si las hubiera, servidumbres de paso.
  • Ley de Vías Pecuarias (3/1995 de 23 de marzo): Prohíbe la circulación de vehículos a motor por toda la red de Vías Pecuarias con excepción de los usos ganaderos, rurales o emergencias.



Otras legislaciones estatales o autonómicas que prohíben o regulan el acceso a las montañas con vehículos motorizados:

  • Ley de Conservación de Espacios naturales y de Flora y Fauna Silvestre (4/1989 de 27 de marzo).
  • Ley de aguas (29/85) y Reglamento de dominio público hidráulico (R.D. 849/86 de 11 de abril).
  • Madrid: Decreto de circulación y práctica de deportes con vehículos de motor (110/1988 de 18 de octubre). Prohíbe expresamente la circulación por los montes a cargo de la Comunidad de Madrid excepto con autorizaciones especiales o en las áreas específicamente señaladas para ello.
  • Castilla y León: Decreto que regula la circulación y prácticas de deportes, con vehículos a motor en los montes y vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Castilla y león: Prohíbe expresamente la circulación (4x4, quads, motos…) por sendas y campo a través, además de otras limitaciones según las características de la zona.



Hemos escrito anteriormente: Los vehículos a motor no pueden circular por montes, terrenos forestales y vías pecuarias, En la Sierra, "Silencio"