Conoce tus derechos y obligaciones
Hemos recibido varias quejas de casos en los que ciclistas urbanos de Madrid han sido mal aconsejados o recriminados por la Policía Municipal. Es por ello que hacemos un llamamiento a las personas al cargo del cuerpo de Policía para que se difunda y conozca la actual Ordenanza de Movilidad.
Aprovechamos para recordar aspectos como que el casco no es obligatorio; en el carril bus no está permitida la circulación de bicicletas; éstas deben ir por el centro del carril derecho de la calzada y no pegadas a la derecha o por la acera.
Respecto a las aceras bici, tiene prioridad el peatón que se cruza, pero a lo largo del carril tiene prioridad la bici.
Para contestar e informar a aquellos policías "despistados" en el conocimiento de las leyes que rigen la circulación hay que saber que las normas aplicables son el Artículo 20, y del 39 en adelante de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid (ANM 2005\48). El que quiera que se lo imprima para disipar posibles dudas.
Velar por la seguridad, educar y fomentar la bici
Estamos seguros de que la policía busca mejorar la seguridad ciclista en las calles y aprovechamos para recordar que la Policía Municipal imparte clases de educación vial a niños donde se incluye la bicicleta, en los circuitos de Moratalaz y Usera.
Una idea que ayudaría a normalizar y dar prestigio a la la bicicleta en Madrid sería ver a policías circulando por las calles en parejas, más allá de hacerlo por ciertas zonas peatonales o Madrid Río. Es un ofrecimiento para ayudarles y enseñarles a circular que hicimos a nuestros políticos recientemente también.
Con esto hacemos públcia la queja de varios ciclistas que han tenido que recordar la normativa a policías municipales.
ResponderEliminarEn Madrid hay un claro desconocimiento generalizado de la ordenanza de movilidad, e incluyo por supuesto a muchos ciclistas que se rigen por sus propias normas.
Desde que que comentó un policía municipal (hermano de un amigo mío) que era obligatorio el casco en Madrid, siempre llevo una copia de los artículos citados de la Ordenanza de Movilidad por si surgiera alguna discrepancia en cuanto a la normativa con otros vehículos o con la policía. Soy consciente de que muchos no conocen la Ordenanza.
ResponderEliminarHace ya un tiempo que llevo impresas unas hojitas con los artículos de l anormativa; el otro día sin ir más lejos se la entregué a un automovilista que me pitó al ir por el centro del carril; me lo agradeció; porque no lo conocía.
ResponderEliminarHace unos meses, Pere Navarro anunció que la norma de circular por el centro iba a ser recogida en el Código de la Circulación; ¿sabeis si esa norma iba a ser consensuada con el PP?; si así fuere, serái estupendo, porque la DGT suele hacer campañas de publicidad en radio qu ellegana la gente.
Respecto a la noticia de los policias; cosas de este Ayuntamiento; en fin.....se comenta solo =-O
Es un extracto? Estaría bien que se distribuyera una copia en formato PDF para poder descargársela desde aquí.
ResponderEliminarEn el enlace a la página de madrid.es con los artículos hay un enlace a la derecha "ANM 2005/48 version pdf (670 Kbytes pdf)"
ResponderEliminarOjo, que uno de los PDFs publicados es el de la Ordenanza sin las modificaciones. El bueno es: http://www.madrid.es/boletines-vap/generacionPDF/ANM2005_48.pdf?idNormativa=9aba46ec02e4f010VgnVCM1000009b25680aRCRD&nombreFichero=ANM2005_48&cacheKey=61
ResponderEliminarYo casi estoy empezando a pensar que solo los que leemos este blog la conocemos...o sea que ni los que la redactaron, ni los que la aprobaron... :(
ResponderEliminarQue se aprendan también las normas de aparcamiento de vehículos, pues hartito estoy de ver coches de poli aparcados en doble fila o en cruces de cualquier manera.
ResponderEliminarHace unos días envié un e-mail a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid preguntando sobre la nueva normativa de circulación en bicicleta y me contestaron lo siguiente:
ResponderEliminar"Buenos días
Las normas básicas para circular en bicicleta están recogidas en el
Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de
21 de noviembre. Asimismo, en el Reglamento General de Vehículos, aprobado
por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, se encuentran reflejadas las
condiciones que deben tener los ciclos y bicicletas para circular.
Ésta es la normativa en vigor, sin perjuicio de que en vías urbanas haya que
tener en cuenta, además, lo previsto en sus ordenanzas municipales. En el
caso del Ayuntamiento de Madrid está vigente la Ordenanza de Movilidad para
la Ciudad de Madrid, de 26 de septiembre de 2005, cuyo texto fue consolidado
el 30 de noviembre de 2010 con modificaciones.
Por último, la Subdirección General de Ordenación Normativa está trabajando,
en la actualidad, en la elaboración de un proyecto de modificación del
citado reglamento, en el que, entre otros preceptos, está prevista algunas
modificaciones en relación con la circulación de bicicletas.
Un saludo"
Así es, en algunos casos, por desgracia para nosotros, pues nos dejan en ridículo ante una trifulca con algún automovilista igualmente desconocedor de la norma.
ResponderEliminarA ver cómo les explicas a los dos (automovilista y policía) que ambos se equivocan.
ResponderEliminarComo dicen por ahí, habrá que llevar copias de la normativa para entregárselas y educar a ambos.
Vergüenza de país.
Me parece vergonzoso que los policías no se sepan el código de circulación.
ResponderEliminarTambién, en Madrid Rio, solía ver a policías (cuando iban en bici) cruzar por pasos de peatones subidos encima de la bici.
La cuestión, es que ante todo, son personas. Por encima de que lleven un uniforme y una pistola, son personas y como tales actúan en el 80% de los casos.
ResponderEliminarLo que diferencia a un policía humilde que reconoce sus errores delante de un ciudadano de otro que se pone chulito cuando lleva el uniforme es el EGO desproporcionado del cual él mismo es preso.
Yo siempre digo: vamos a desnudarnos y después hablamos, porque mientras estemos disfrazados no seremos nosotros.
Disculpad pero no encuentro en la normativa ninguna mención a la no obligatoriedad del casco. Si algún policía nos lo indica, ¿qué debemos mostrar? ¿la ausencia de mención en el artículo 18 y en el capítulo 2?
ResponderEliminarA mi, uno que estaba regulando el tráfico en una rotonda y al que yo tenía delante mientras esperaba a tener paso, me lo recomendó con toda amabilidad.
ResponderEliminarTeniendo en cuenta que llevaba el casco en la cesta delantera, que suelo hacer el recorrido casi todos los días, que son bastantes kilómetros, que incluye algo de la carretera de fuencarral, que es de noche a la ida y en seguida, será de noche a la vuelta, que a veces voy un poco rápido (en cuesta abajo)...
Pues ahora suelo llevarlo para venir al trabajo.
Pero obligatorio no lo es, ni debe serlo.
La cuestión no es si no lo especifica, sino si especifica que es obligatorio llevarlo, ¿no?
ResponderEliminarA continuación, una información obtenida de:
http://unciclistaurbano.blogspot.com/2008/06/es-obligatorio-llevar-el-casco-cuando.html
Aquí ya voy a intentar ser un poco más concreto. Según el REAL DECRETO 1428/2003 en el que se aprueba el Reglamento General de Circulación el casco no es obligatorio en las vías urbanas (en las ciudades). En concreto dice: "<span>Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor.</span>"
Cantón, en caso de disputa, lo que le deberías pedir al policía es que te indicara, amablemente, el artículo y la Ordenanza donde figura la obligatoriedad del casco.
ResponderEliminarPor cierto, podíamos intentar algún ofrecimiento bicifindes dirigido a policías municipales??? :-D :-D :-D
ResponderEliminarEstoy contigo, pero si le pides eso es posible que te ponga una multa por no llevar reflectantes en la parte delantera o trasera de la bici.
ResponderEliminarSoy mal pensado, ¿qué le voy a hacer?
Es buena idea, Baldo, pero la persona que sea consciente de la situación y sobre todo, humilde, estará encantado de aprender. El que no lo sea, seguirá en sus trece pensando que lo sabe todo, amparado en la protección y presunción de veracidad que ampara el uniforme.
ResponderEliminarGracias todos por responder. Juanítez, es buena idea, tomo nota. En todo caso, imprimiré la pág. 31 del RD que ha enlazado Víctor (gracias Víctor) para llevarlo en la bici junto con la ordenanza de movilidad.
ResponderEliminarEn una ocasión tuve una confrontación seria en la que fui amenazado con una paliza porque le dije a un policía que el texto que acababa de redactar estaba plagado de faltas de ortografía y que a mí personalmente, me gustaría ser defendido en la calle por una persona formada. Sí, algunos pensarán que detrás de mis palabras quizá hubiera unas formas poco lógicas y amigables, pero os aseguro que no fue así.
ResponderEliminarYa os digo que me amenazó con partirme la cara porque hice alusión a una falta de preparación más que demostrada.
Pues no estaría de más que la ordenanza en relación a los ciclistas la aprendieran los taxistas, que es unos de los colectivos, por no decir el que más, más agresivos en su actitud ante los ciclistas. He sufrido su acoso y es muy desagradable. Las asociaciones de taxistas deberían ir concienciando a sus asociados de que tienen que respetar a la bici como un vehículo más, pues en el futuro van a tener que compartir la calle con una creciente masa de ciclistas. A ver si desaparecen esas actitudes de chulo que tantos exiben. Hace unos días tuve un lío con una taxista en Ramón de la Cruz y la pena es que no me dio tiempo a ver su número de licencia para denunciarla. Es una que va con chaleco fluorescente puesto. ¡¡ Está absolutamente loca !!
ResponderEliminarNo creo que a la mujer policía de la foto le guste verse debajo de ese titular que, por otro lado, no tengo ni idea de si va con ella o no =-X
ResponderEliminarLa verdad que a veces me lio pues no se si voy en mi Merida o en mi "reliquia" Sanglas 400, por eso no niego que a veces voy por carril-bus, pero que, aunque mal informado, yo crei que lo habian permitido un tiempo atras.
ResponderEliminarLa verdad que desconozco en profundidad reglamento especifico de uso de bicicleta en via publica, aunque suelo aplicarme normas elementales de seguridad y de sentido comun como por ejemplo si no me queda mas remedio que ir por una acera (para ir al garage donde la meto en mi furgoneta) esta claro que voy al mismo paso que peatones y no pedaleo me impulso con los pies.
Tengo que indicar que a veces he observado como hay ciclistas que cometen verdaderas temeridades yendo a velocidades de vertigo en aceras normales ,sin zona bici, con el consiguiente peligro tanto para peatones como para el mismo ciclista.
Yo pregunto si no seria bueno crear y difundir un manual especifico de uso y disfrute en vias publica de la bicicleta para evitar sucesos desagradables ocasionados no solo por los coches tambien por irresponsables que montan bici.
Gracias y perdonad pero he tenido mas sustos causados por ciclistas en el retiro o en otros parques que en la Castellana de Madrid
A un colega mío lo pararon el otro día por el centro por no llevar casco. Por suerte, él sí conocía la normativa y, por más suerte aún, los policías no se pusieron bordes con él. 8-)
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