Menú horizontal

Este blog lo escriben exclusivamente voluntarios

¿Echas de menos un tema? Pídelo o escríbelo tú y enviálo a enbici@espormadrid.es y te lo publicamos en un par de días.

Si quieres colaborar sin escribir o si te ha gustado un artículo, puedes invitar a una caña a quien escribe, que siempre hace ilusión.


sábado, 20 de febrero de 2010

No se pueden quitar puntos de carnet a los ciclistas infractores

¿Deben los ciclistas infractores ser sancionados con la retirada de puntos de su carnet de conducir por una infracción que cometen cuando circulan en bicicleta? La pregunta, que hasta hace algunos meses no tenía una respuesta clara por parte de las policías locales ni de la Guardia Civil, ahora cuenta con un precedente judicial. Un juez de Barcelona considera «absurdo» que la Guardia Urbana haya ordenado retirar puntos del carnet a un ciclista sancionado por cruzar un semáforo en rojo en bicicleta. El Juzgado Contencioso Administrativo 17 de Barcelona ha anulado una sanción del Ayuntamiento de Barcelona que comportaba la pérdida de cuatro puntos de su carnet de conducir.



Al recibir la notificación de la sanción, el ciclista, que prefiere mantenerse en el anonimato, acudió a la Associació per a la Defensa de la Bicicleta, una entidad sin ánimo de lucro que ofrece asesoría legal al colectivo. El abogado de la asociación, Roberto Castro, decidió llevar el caso a los tribunales, a los que pidió también la anulación de la multa de 300 euros, ya que el ciclista había denunciado ante el Bicing que la bicicleta no frenaba bien. El tribunal desestimó esta última petición ya que el denunciante no presentó alegaciones en el plazo reglamentario.

El magistrado Federico Vidal fundamenta su decisión judicial en base a una «interpretación lógica» de la ley y asegura que otra interpretación diferente obligaría a quitar puntos a los ciclistas que no tuvieran carnet de conducir, «lo cual es absurdo», según el juez. La sentencia ratifica que solo pueden quitarse puntos por infracciones cometidas en un vehículo para el cual se requiere un carnet. «Y la conducción de bicicleta no requiere licencia alguna», agrega.

La Dirección General de Tráfico asegura que este tipo de casos son «excepcionales» y que siempre se producen por error. El organismo afirma que los agentes de las policías locales y de la Guardia Civil suelen ordenar la retirada de puntos por desconocimiento de la norma y, si no especifican en su boletín que la infracción fue cometida en una bicicleta, la DGT ejecuta la sanción de forma automática. También reconoce que algunas sentencias judiciales anteriores, que no habían trascendido, les han obligado a devolver los puntos retirados a ciclistas infractores.

La Guardia Urbana admite que estos casos se producían por deficiencias en los procesos informáticos, aunque asegura que el problema ha sido solucionado hace algunos meses. Un portavoz del organismo explicó que la policía enviaba a la DGT todas las multas que, según los agentes, son infracciones que ponen en riesgo al resto de conductores y no se diferenciaba si la infracción se había producido en coche o en bici.

El abogado de la Associació per a la Defensa de la Bicicleta confía en que la sentencia siente un precedente en este tipo de casos y le ayude a ganar otros cuatro recursos judiciales que ha presentado por los mismos motivos. El Servei Català de Trànsit considera que la nueva ley de tráfico, que entró en vigor en diciembre del 2009, deja «aún más claro» que los ciclistas no pueden ser sancionados con una retirada de puntos. La sentencia es firme y no cabe ningún tipo de recurso.

Fuente: elperiodico.com

4 comentarios :

  1. con esto no quiere decir que el ciclista tiene impunidad para hacer lo que quiera. Hay que decir que se le puede sancionar por infracciones de circulación 

    ResponderEliminar
  2. Tenemos que aprender a circular en los viales con tráfico motorizado, supongo que es cuestión de tiempo. Pienso que el auge de la bici como modo de vida está comenzado ahora en nuestro país. Un poco de tiempo y sabremos hacerlo. Mientras tanto tendrán que enseñarnos por las buenas y ejem, también por las malas.

    ResponderEliminar
  3. <span>La lógica es doble: primero, conducir una bici no exige una licencia especial; y, segundo, puede que el ciclista no tenga el carnet de conducir, por lo que no habría modo de retirarle los puntos, si tal cosa fuera posible.</span>

    Por otra parte, muy mal saltarse el semáforo en rojo, naturalmente.

    ResponderEliminar
  4. caso en zamora. multa de 200e y 4 puntos me dijo la guardia civil, tomandome foto al saltarme un semaforo en rojo, me pararon y tomaron los datos, es legal que me quiten puntos del carne? es irrisorio verda? que me decis

    ResponderEliminar